La Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (promulgada en 2007) ha tenido dos reformas parciales: la primera en noviembre de 2014, donde se introdujo el tipo penal del femicidio, y la segunda en diciembre de 2021 donde se amplían los tipos de violencia (informática, política, mediática y obstétrica) y se ordena la inclusión de los tipos penales en el Código Orgánico Procesal Penal.
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